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Planes y programas en el SG-SST

El programa de EPP es unos de los planes y programas en el SG-SST

El programa de EPP es unos de los planes y programas en el SG-SST

La implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo exige el diseño de una serie de planes y programas en el SG-SST a implementar. Estos se elaboran para materializar la política y los objetivos, así como para garantizar un mejoramiento continuo dentro de la organización.

Los planes se refieren a procedimientos específicos y puntuales que se deben adoptar para  cumplir con un propósito determinado, por ejemplo, enfrentar una catástrofe o garantizar la difusión de la política.

Los programas, por su parte, comprenden una serie de actividades que se deben llevar a cabo para cumplir con objetivos más generales, como prevenir la enfermedad laboral o minimizar algún peligro detectado.

Los planes en el SG-SST

Para implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con el Decreto 1072 de 2015, se deben diseñar planes y programas en el SG-SST, entre los planes se encuentran los siguientes:

Plan de trabajo anual del SST

Es el documento en el que se consignan todas las actividades que se van a realizar en materia de SST durante el período de un año. El plan de trabajo anual del SST debe incluir fechas y responsables para cada actividad. (Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.4.6.8, punto 7).

Plan de comunicaciones

En este documento se incluyen todas las acciones a realizar en tres áreas: comunicación interna, comunicación a contratistas y visitantes y comunicación externa. (Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.4.6.14.)

Debe dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1072 de 2015, en particular, incluir los mecanismos y procedimientos para difundir la política SST, para convocar y conformar el COPASST y para dar a conocer el plan de emergencias.

Plan de emergencias

El Plan de emergencias contiene las acciones a seguir en caso de situaciones de calamidad, urgencia o catástrofe. (Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.4.6.25).

Los programas en el SG-SST

El SG-SST también demanda el diseño de una serie de programas, algunos de los cuales contienen a su vez otros programas derivados del componente principal. Los programas en el SG-SST son:

Programa de capacitación

Regulado por el artículo artículo 2.2.4.6.11 del Decreto 1072 de 2015, incluye básicamente dos componentes:

Programa de inspecciones

Las inspecciones son un elemento determinante para la evaluación y el mejoramiento continuo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Dentro del programa de inspecciones se deben contemplar las siguientes:

Regulado por el Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.4.6.12, punto 14; artículo 2.2.4.6.21, punto 6; artículo 2.2.4.6.22, punto 5; artículo 2.2.4.6.24, parágrafo 2.

Programa de monitoreo de Seguridad y Salud Ocupacional

Comprende todas las actividades encaminadas a prevenir y proteger la integridad de los trabajadores, contratistas y visitantes, en el espacio de la empresa. Incluye los siguientes programas:

Programa de gestión del cambio

Incluye todas las actividades encaminadas a verificar el cumplimiento de los objetivos del SG-SST, analizar los resultados obtenidos a partir del seguimiento a las enfermedades, accidentes e incidentes laborales, e incorporar las actualizaciones o novedades que puedan presentarse en materia legal. (Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.4.6.26).

Programa de simulacros

Comprende la programación de simulacros para evaluar el cumplimiento de las acciones a seguir, en función de lo definido en el Plan de Emergencias. Permite evaluar la eficacia de los procedimientos de respuesta ante situaciones de incendio, sismos, emergencia médica, derrame de sustancias peligrosas y evacuación. (Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.4.6.25., punto 10).

Programa anual de monitoreo medioambiental

Comprende, entre otros aspectos, un seguimiento a:

Regulado en el Decreto 1072 de 2015 en los artículos 2.2.4.6.12., puntos 4 y 13, 2.2.4.6.16., punto 6, 2.2.4.6.21., punto 8 y 2.2.4.6.22., punto 6.

Programa de selección y evaluación de proveedores

A través de este programa se definen y aplican las condiciones que deben cumplir los proveedores, en materia de SST, para que sean seleccionables.

Los nombres de los planes y programas en el SG-SST pueden variar dependiendo de la actividad económica de la empresa, la normatividad aplicable y la priorización de riesgos que se realice en la evaluación de peligros.

En el Decreto 1072 de 2015 se menciona la selección de proveedores en os artículos 2.2.4.6.25 y 2.2.4.6.28.

Protocolo de bioseguridad

La empresa debe adoptar, adaptar e implementar un protocolo de bioseguridad para afrontar el riesgo biológico derivado de la pandemia por COVID-19.  El protocolo realizado deberá cumplir con la Resolución 666 de 2020 y aquellas que la modifiquen, reemplacen o complementen.

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