Derogado el Decreto 1443 de 2014

Con el objeto de unificar y simplificar la normatividad reglamentaria, el decreto 1443 de 2014 fue derogado y reemplazado por el capítulo 6 del título 4 de la parte 2 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector del Trabajo.

Derogado el Decreto 1443 de 2014

Derogado el Decreto 1443 de 2014

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El gobierno nacional ha derogado el Decreto 1443 de 2014 (SG-SST) el pasado 26 de mayo de 2015. Todo el contenido de la norma entró a formar parte del Decreto 1072 de 2015, que también lleva el nombre de “Decreto Único Reglamentario del Sector del Trabajo”. La medida se tomó en el marco del programa de unificación de los decretos reglamentarios en diversos sectores.

Ese mismo día se expidieron otros 20 decretos únicos reglamentarios que, junto con el del trabajo, eliminan cerca de 10 mil normas dispersas que estaban vigentes.

El proceso de unificación de normas se aplicó a raíz de un CONPES expedido en octubre de 2014, con el propósito de unificar y simplificar la normatividad reglamentaria, así como de hacer más claras y accesibles las normas expedidas por el gobierno.

La tarea fue liderada por 15 ministerios y 6 departamentos administrativos. Cada uno de los Decretos Únicos Reglamentarios señala expresamente que han quedado derogadas todas las normas anteriores que se refieran al mismo tema.

El Decreto único Reglamentario del Sector del Trabajo

El nuevo Decreto único Reglamentario del Sector del Trabajo tiene 304 páginas y está dividido en tres libros diferentes.

El primer libro identifica y describe detalladamente la estructura administrativa pública del sector trabajo. También recoge los objetivos, funciones, obligaciones y división de las dependencias y los organismos centralizados y descentralizados.

El segundo libro es el más extenso. En este se compilan todas las normas referentes a las relaciones laborales individuales (contrato de trabajo, jornada laboral, descanso obligatorio, vacaciones, recreación, cesantías, dotación y teletrabajo).

Así mismo se recopilan todas las normas laborales relacionadas con actividades especiales como es el caso de los taxistas, trabajadores del sector de hidrocarburos, empleados de buques de bandera colombiana, madres comunitarias y trabajadores dependientes con contratos inferiores a un mes.

También recoge todas las normativas respecto a las relaciones laborales colectivas (sindicatos, cuotas sindicales, fuero sindical, confederaciones, conflictos laborales, etc.).

En la última parte del segundo libro está incluido todo lo que antes era el Decreto 1443 de 2014 (capítulo 6, página 74). El texto de la norma es el mismo, no cambia en ninguno de sus apartes.

Finalmente, en el libro 3 del Decreto único Reglamentario del Sector del Trabajo se establece que han quedado derogadas todas las disposiciones que versen sobre la misma materia de la que trata la nueva norma, con excepción de aquellas que estén suspendidas por la jurisdicción contencioso administrativa y las relacionadas con el régimen pensional.

¿Qué cambia en el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo?

El Decreto único Reglamentario del Sector del Trabajo en realidad no cambia nada de lo que estaba estipulado en el Decreto 1443 de 2014, el cual reglamentaba el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Es importante hacer hincapié en que el nuevo decreto no se diseñó para cambiar las reglas de juego en materia de trabajo. Su propósito es simplemente el de recopilar toda la normatividad preexistente en un solo texto.

De hecho, durante la ceremonia de la firma de los nuevos decretos únicos, el presidente Juan Manuel Santos afirmó: “Cada entidad rectora, en cada sector, compiló la totalidad de las normas vigentes en un solo Decreto, de forma que, en adelante, quien quiera saber qué rige en ese sector solo tiene que consultar una única norma”.

Así que ni la naturaleza del SG-SST, ni los plazos para su implementación, ni los requisitos, obligaciones, metodología o cualquier otro aspecto han cambiado. Todo sigue exactamente igual a como se definió en el derogado Decreto 1443 de 2014.

Vale la pena anotar que pese al esfuerzo del gobierno por simplificar las normas, ya han aparecido voces cuestionando las bondades de los decretos únicos reglamentarios. El consultor internacional Manuel José Cárdenas, indicó en la Revista Portafolio que: “en el sistema actual, para buscar una norma en un decreto reglamentario basta identificar el número del artículo, el número de decreto y el año. Ahora, la búsqueda será más compleja. Los proyectos de decretos únicos tienen una enumeración que consta de diferentes partes, las cuales se dividen en: libro, parte, título, capítulo, sección y artículo. Es tan compleja la búsqueda que ha sido necesario elaborar para cada decreto único un índice temático, siendo a su vez este último también extenso.”

 

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