La Circular Externa 037 de 2021 establece medidas que deben cumplir los alcaldes para enfrentar el COVID-19 ante la alta ocupación de UCI.

La Circular Externa 037 de 2021 establece medidas que deben cumplir los alcaldes para enfrentar el COVID-19 ante la alta ocupación de UCI.

Circular Externa 037 de 2021

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CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 037 DE 2021
(junio 25)

PARA: ALCALDES MUNICIPALES Y DISTRITALES.
DE: MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL.
ASUNTO: MEDIDAS PARA ENFRENTAR EL COVID-19 ANTE ALTA OCUPACIÓN DE UCI
FECHA: 25 DE JUNIO DE 2021

Como es de su conocimiento, el país ha tenido tres grandes picos de contagio, el último con una evidente aceleración inicial entre marzo y abril, afectando más tempranamente a los departamentos de la Costa Atlántica. En otras regiones del país, se presentaron incrementos de menor magnitud como en el Chocó, Arauca, Tolima o Casanare, dado su mayor dispersión o su alta seroprevalencia previa. Por su parte, existen departamentos que luego de un ascenso han mantenido una tendencia a la estabilidad en la parte alta de la curva como es el caso de Caldas, Cauca o Nariño. Finalmente, hay otras regiones del país como Boyacá, Bogotá, Cundinamarca, Meta y Santander que todavía presentan una curva ascendente de contagios con un alto impacto en la salud pública.

En ese contexto, el país presenta un escenario de una alta transmisión y ocupación de Unidades de Cuidado Intensivo en varias regiones urbanas donde habita una alta proporción de los colombianos, siendo este el momento más crítico de toda pandemia, con un alto impacto en la mortalidad, la cual ha registrado en promedio más de 500 muertes diarias en las últimas tres semanas y cuya reducción todavía podrá tomar algunas semanas.

El artículo 4° del Decreto 580 de 2021Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del coronavirus Covid-19, y el mantenimiento del orden público, se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura”, establece que en municipios con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo (UCI) superior al 85% por causa del Coronavirus Covid-19, los alcaldes podrán restringir algunas actividades, áreas y zonas para el control y manejo de la pandemia ocasionada por el coronavirus Covid-19, siempre que exista una autorización del Ministerio del Interior.

De esta manera, se insta a los alcaldes de los municipios y distritos con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo (UCI) superior al 85% a que, previo análisis de la situación epidemiológica de su territorio, presenten ante el Ministerio del Interior en un término no mayor a 24 horas, una propuesta que contenga las medidas de restricción de actividades, áreas, y zonas orientadas a reducir la velocidad del contagio de Covid-19 y disminuir la carga sobre el Sistema de Salud y su capacidad.

Cada entidad territorial deberá incluir como justificación de las medidas propuestas, el análisis de su situación epidemiológica acompañado de las recomendaciones que emitan sus comités de expertos o, en caso de requerirse, podrán solicitar apoyo al “Comité Asesor para Orientar las Decisiones de Política en relación con la pandemia” de este Ministerio.

La ocupación de UCI en las entidades territoriales puede ser consultada en: https://minsalud.maps.arcgis.com/apps/opsdashboard/index.html#/c0d2569e9c0e4a17ab21db6b0e3a181c.

Se ratifica que el éxito de las medidas que se adopten requiere de la adherencia de la población, así como su compromiso en proteger la vida y la salud de todos, por lo que se recomienda el reforzamiento de campañas educativas y de comunicación a la población sobre:

  • Evitar frecuentar todo sitio que sea cerrado y no garantice una ventilación natural.
  • La necesidad del cuidado individual como la higiene de manos, el distanciamiento social y uso de tapabocas
  • Reiterar que la mayor protección de la vacuna se consigue cerca de dos semanas después de la segunda dosis, y que no se pueden relajar las medidas por la vacunación todavía, ni de los vacunados, ni del resto de la población
  • Invitar a la comunidad a practicar un autoaislamiento responsable.
  • No viajar ni salir de casa si se presenta síntomas respiratorios, si ha sido contacto de un caso sospechoso o confirmado o si tiene una prueba positiva para Covid-19 en los últimos 14 días.
  • Realizar actividades turísticas con los convivientes, evitar lugares con aglomeraciones y espacios cerrados pobremente ventilados, mantener uso constante de tapabocas y lavado de manos.
  • Promover actividades del aire libre
  • Consultar a los servicios de salud ante la presencia de síntomas, a través de los canales de comunicación dispuestos para ello.
  • Promover la vacunación en mayores de 45 años, que aún no se hayan vacunado y en los demás grupos de edad y de riesgo, de acuerdo con las etapas abiertas, para lo que es importante profundizar la búsqueda activa de estas personas.

Adicionalmente, deben adelantarse las acciones por parte del ente territorial para verificar el cumplimiento de los aforos y para evitar las aglomeraciones, tal como se indica en la Resolución 777 de 2021.

Publíquese y cúmplase.

El Ministro de Salud y Protección Social,

Fernando Ruiz Gómez.
(C. F.).

Notas a la Circular Externa 037 de 2021

La Circular Externa 037 de 2021 fue publicada en el Diario Oficial 51.716 del 25 de junio de 2021. Esta circular no ha sido modificada desde su expedición.

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