Rendición de cuentas de los SISO de obra

En empresas dedicadas al sector de la construcción, es necesario que en cada proyecto se cuente con la rendición de cuentas de los siso de obra.

La rendición de cuentas de los SISO de obra se debe realizar como mínimo una vez al año

La rendición de cuentas de los SISO de obra se debe realizar como mínimo una vez al año

Los SISO de obra, son usualmente las personas encargadas de la seguridad y salud en el trabajo en proyectos de construcción, la palabra SISO viene de que son los encargados de la Seguridad Industrial y la Salud Ocupacional. Como tienen responsabilidades en seguridad y salud en el trabajo, se hace necesario contar con la rendición de cuentas de los SISO de obra.

Frecuencia de la rendición de cuentas de los SISO de obra

Los proyectos de construcción son de una duración variable, se puede realizar la remodelación de un local en tres o cuatro meses, pero también se puede realizar la construcción de un centro comercial en varios años.  Es por esto que la rendición de cuentas de los SISO de obra, dependerá de la duración del proyecto, pero como mínimo, debe realizarse una vez al año.

Una rendición de cuentas de un SISO de obra debe realizarse cuando:

  • Cuando el proyecto concluye
  • Cuando ha pasado un año desde la última rendición de cuentas
  • Cuando hay cambio de SISO, el SISO saliente debe rendir cuentas de su labor

La frecuencia puede variar dependiendo de las políticas de la empresa, en algunas empresas, los informes deben ser mensuales y enviados con anterioridad a las reuniones del COPASST, en otras empresas optan por realizarlos trimestral o semestralmente.

Una obra es un pequeño SG-SST

Una obra puede considerarse un pequeño SG-SST, dado que muchas de las actividades que se realizan en el sistema se deben realizar también en la obra.  Por ejemplo, cada proyecto de construcción debe tener su propia matriz de riesgos, su propio programa de capacitación y su propio plan de emergencias.

En un proyecto de construcción, los SISO asignados deben estar actualizando la matriz de riesgos y las medidas de intervención en la medida en que la obra avanza.  Cuando inicia la obra posiblemente se tenga que excavar un hueco y se generen situaciones de riesgo en espacios confinados, a medida que la obra avanza, es posible que se necesite realizar trabajo en alturas, trabajo con exposición a riesgo eléctrico y otros peligros que van cambiando con el tiempo.

El personal en una construcción suele tener una alta rotación, por lo cual los procesos de inducción se realizan con frecuencia, cada vez que un empleado ingresa se debe realizar la inducción a sus riesgos. La reinducción también se realiza de forma continua, pues cada etapa del proyecto representa unos riesgos diferentes para los trabajadores.

Es de resaltar, que aunque la empresa cuente con un plan de emergencias para su sede principal, este no sirve para el proyecto constructivo que se realiza, cada obra debe contar con su propio plan de emergencias, las amenazas y vulnerabilidades cambian en cada proyecto, la brigada se debe conformar y capacitar y la señalización va cambiando día a día en la medida en que la construcción avanza.

Teniendo en cuenta que la normatividad del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo debe cumplirse en cada centro de trabajo, se hace necesaria una rendición de cuentas de los SISO de obra.

Tanto el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, como las actividades de los SISO de obra en un proyecto de construcción, deben tener como lineamiento general, lo establecido en el Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 0312 de 2019.

Contenido del informe del SISO

El informe de rendición de cuentas de los SISO de obra debe incluir información con respecto al plan de trabajo de SST de la obra, plan de emergencias, identificación de peligros y evaluación y valoración de los riesgos, programa de capacitación, información sobre accidentes de trabajo y enfermedades laborales, registros de entrega de elementos de protección personal, resumen de visitas de la ARL o entidades de control, inspecciones, acciones correctivas, preventivas y de mejora.

Plan de trabajo en seguridad y salud en el trabajo

Se debe incluir el cronograma de trabajo generado al inicio del proyecto con respecto a Seguridad y Salud en el Trabajo. El cronograma de trabajo debe estar firmado por el SISO. El cronograma debe incluir como mínimo: actividad a realizar, mes o fecha en que se realizará, responsable de ejecución. (Decreto 1072 de 2015 artículo 2.2.4.6.08).

Para cada una de las actividades planeadas se debe identificar cuáles son las actividades que se ejecutaron, cuáles son las actividades que no se ejecutaron y explicar a qué se debió que no se realizaran.

Plan de emergencias

El plan de emergencias debe considerar todos los elementos solicitados por la normatividad vigente, mantener las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros y turnos de trabajo y todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluidos contratistas y subcontratistas, así como proveedores y visitantes. Se debe incluir la evidencia de realización de al menos un simulacro de evacuación y la evaluación del simulacro. (Decreto 1072 de 2015 – artículo 2.2.4.6.25, Resolución 0312 de 2019 – estándar 5.1.1).

Un informe de rendición de cuentas de los SISO de obra debe establecer qué capacitaciones en manejo de emergencias se realizaron y a quiénes estaban dirigidas. (Decreto 1072 de 2015 artículo 2.2.4.6.25. numeral 09).

Establecer si hay una brigada conformada, capacitada, entrenada y dotada para la atención de emergencias, acorde con su nivel de riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros auxilios. (Decreto 1072 de 2015 artículo 2.2.4.6.25 numeral 11).

Identificación de peligros y evaluación y valoración de los riesgos

Se debe contar una matriz para identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles. Esta matriz debe estar acorde con la metodología definida por la empresa para elaborar la matriz de riesgos, en caso de no estarlo se debe incluir el procedimiento o instructivo de la matriz (Decreto 1072 de 2015 artículos 2.2.4.6.7 y 2.2.4.6.15).

Se debe contar con los programas que se hayan diseñado para el proyecto teniendo en cuenta la valoración de riesgos realizada por el SISO al inicio de la obra. Cada programa debe estar documentado y deben encontrarse las evidencias de su ejecución. (Decreto 1072 de 2015 artículo 2.2.4.6.22).

Se debe establecer si todos los controles y las medidas de intervención estipuladas en la matriz de riesgos fueron ejecutadas, si no fueron ejecutadas, se debe especificar por qué. (Decreto 1072 de 2015 artículos 2.2.4.6.15 y 2.2.4.6.24, Resolución 0312 de 2010 estándar 4.1.1).

Programa de capacitación

Se debe contar con programa de capacitación que proporcione conocimiento para identificar los peligros y controlar los riesgos relacionados con el trabajo, hacerlo extensivo a todos los niveles de la organización incluyendo a trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión; estar documentado, ser impartido por personal idóneo conforme a la normatividad vigente y contar con evidencia de su ejecución. (Decreto 1072 de 2015 -artículo 2.2.4.6.11).

Accidentes de trabajo y enfermedades laborales

Un informe de rendición de cuentas de los SISO de obra no puede omitir los accidentes y las enfermedades, si no se presentaron, expresar explícitamente que no se dieron casos. En caso de presentarse accidentes de trabajo o enfermedades laborales, se debe identificar si fueron de empleados o contratistas, si fueron reportados a la ARL y si se realizó la respectiva investigación del accidente o enfermedad. (Decreto 1072 de 2015 artículo 2.2.4.6.32, Resolución 0312 de 2010 estándar 3.2).

Elementos de protección personal

En la rendición de cuentas de los SISO de obra se debe determinar si se realizó entrega de elementos de protección personal a los trabajadores de acuerdo con la matriz de peligros y se realizaron las correspondientes capacitaciones. (Decreto 1072 de 2015 artículos 2.2.6.3.36 y 2.2.4.6.24, Resolución 1409 de 2012 artículo 23, Ley 9 de 1979 título 3).

En el caso de tener subcontratistas, se debe contar con la verificación de la entrega de los EPP que los contratistas realicen a los subcontratistas. (Resolución 0312 de 2019 estándar 4.2.6).

Visitas de la ARL o entidades de control

Se debe detallar si se recibieron visitas por parte de la ARL o de entidades de control, en caso de que se hayan recibido, se deben resumir cuáles fueron los resultados de la revisión realizada y cuáles fueron las acciones implementadas para cumplir con los requisitos. (Resolución 0312 de 2019 estándar 7.1.4).

Inspecciones de maquinaria y equipo

Se debe establecer el listado de la maquinaria y los equipos que se utilizaron en la obra, cuáles son las inspecciones que se realizaron y las actividades de mantenimiento que se realizaron a los diferentes equipos. En caso de no realizarse se debe establecer por qué no se realizó.

Se debe contar con un plan o programa de mantenimiento en el cual se establezcan las actividades de mantenimiento e inspección que se le realizan a los equipos. En caso de equipos alquilados, se deben establecer los requisitos de contratación y verificación. (Resolución 0312 de 2019 estándar 4.2.5).

Acciones correctivas, preventivas y de mejora

Se debe determinar si se implementaron acciones preventivas y/o correctivas necesarias con base en los resultados de la supervisión, inspecciones, la medición de los indicadores definidos, las recomendaciones del COPASST o Vigía, entre otros. También se debe incluir recomendaciones de acciones de mejora para futuros proyectos o lecciones aprendidas con el cliente. (Resolución 0312 de 2019 estándar 7.1.1).

Indicadores

Se deben establecer indicadores de estructura, proceso y resultado con respecto a la ejecución del plan de trabajo de la obra. Cada indicador debe contar con su ficha técnica y el resultado de su evaluación. (Decreto 1072 de 2015 artículos 2.2.4.6.19 a 2.2.4.6.22).

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