Dos claves para contratar una consultoría en SG-SST

Conozca dos características que se deben tener en cuenta al momento de contratar una consultoría en SG-SST. (Artículo de opinión).

Claves para contratar una consultoría en SG-SST

Claves para contratar una consultoría en SG-SST

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Este artículos títulado «Dos claves para contratar una consultoría en SG-SST» es un artículo de opinión.

Se están cumpliendo los plazos para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y muchos empresarios están incurriendo en el error de salir a contratar la primera consultoría que encuentren.

Una buena consultoría SG-SST debe reunir una serie de condiciones para que garantice que el nuevo sistema de gestión realmente sea consistente y cumpla a cabalidad con lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015.

Estos son dos de los factores que debe tener en cuenta a la hora de contratar una consultoría para la implementación del SG-SST.

Evalúe el SG-SST del consultor

Aunque parezca inverosímil, algunas empresas de consultoría ofrecen sus servicios para implementar el SG-SST en las organizaciones de sus clientes, pero ni siquiera han llevado a cabo ese proceso en sus propias compañías.

No se debe perder de vista que el Decreto 1072 de 2015 aplica para TODAS las empresas, sin importar su tamaño o naturaleza.

Antes de contratar un consultor, lo indicado es solicitarle que haga una demostración de la forma como ha implementado el SG-SST en su propia organización. También puede solicitar la carta de aprobación de la ARL a la cual se encuentra afiliado.

Además, el hecho de que el consultor haya completado la implementación del nuevo decreto en su propia organización es una experiencia previa, que resulta invaluable en estos procesos.

La primera prueba de idoneidad que se le debe solicitar al consultor es la demostración de su SG-SST.

Si no lo ha hecho, no hay nada qué pensar: debe descartar inmediatamente su oferta.

Contratar una consultoría en SG-SST con garantías

Un consultor debe ofrecer un servicio integral, que no se limite a una labor estrictamente documental. En otras palabras, implementar el SG-SST en una empresa no es solo generar unos insumos técnicos como la política, la planeación, la matriz de riesgos, etc., sino también garantizar la idoneidad y funcionalidad de los mismos.

Recuerde que el SG-SST ya no es un sistema de papel, al transformar el programa de salud ocupacional en un sistema de gestión, el Ministerio de Trabajo da mayor importancia a la evidencia que al papel. No basta con que el asesor conozca el decreto y sus componentes, incluso si es un experto en el tema, es importante ir más allá del papel y comenzar a ejecutar actividades que evidencien la mejora continua.

Se da el caso de consultores que presentan una oferta compuesta por un número limitado de visitas para conducir la implementación del SG-SST. Después de que completan ese paquete se dan por desentendidos de lo que ocurra con el empresario y con la empresa.

Si surge alguna inconsistencia o dificultad, la empresa debe pagar un excedente por las visitas adicionales que se deban contratar.

Esta práctica es bastante común, por eso debe comparar las propuestas en servicios ofrecidos y también en el número de visitas que se incluyen.

Otros consultores son un poco más flexibles. No establecen un número limitado de visitas, pero tampoco acompañan a las empresas en uno de los momentos más cruciales del proceso: la visita del Ministerio de Trabajo o de la ARL y los posibles ajustes que se deban generar a partir de las mismas.

Una consultoría  debe incluir implementación, seguimiento y acompañamiento durante todo el proceso, hasta que se garantice la plena aprobación de la ARL o del Ministerio de Trabajo.

Un consultor idóneo realiza los ajustes a los que haya lugar sin hacer cobros adicionales (siempre y cuando sean generados por su causa y no por el cliente).

La única garantía que una empresa debe aceptar es el compromiso del consultor de acompañar el proceso y responder por él hasta que el SG-SST quede aprobado por la ARL o autoridad competente.

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