El profesiograma en el SG-SST

Conozca para qué sirve un profesiograma, cuál es su estructura, cómo se elabora y cuál es el marco normativo que lo soporta.

El profesiograma debe ser realizado por un experto

El profesiograma debe ser realizado por un experto

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Para IVÁN LÓPEZ, en el Congreso Internacional de Salud y Seguridad de Uniminuto, un profesiograma «es un documento técnico – administrativo que organiza la interrelación, interactuación e interdependencia de un puesto de trabajo desde tres puntos de vista: el de Gestión del Talento Humano, el de Seguridad Ocupacional y el de Salud Laboral, en el cual se resumen las aptitudes y capacidades de los puestos de trabajo que existen y los que cumplen los trabajadores».

Si se toma solamente el componente de seguridad y salud en el trabajo, el profesiograma se define como una matriz de información que permite establecer dos aspectos: 1) las medidas de control que se deben tomar para proteger la seguridad y la salud de un trabajador, en función de los riesgos a los cuales está expuesto por su cargo; y  2) El tipo y la periodicidad de exámenes médicos que se le deben realizar al trabajador que ocupa un determinado cargo.

Funciones del profesiograma

El profesiograma cumple diversas funciones, como son:

  • Selección de personal
  • Planificación de recursos humanos
  • Capacitación y desarrollo del personal
  • Evaluación de desempeño
  • Planificación de promociones y ascensos
  • Valoración de puestos de trabajo y diseño de estímulos
  • Definición de responsabilidades y jerarquías
  • Diseño de rutas y protocolos de comunicación
  • Diseño y rediseño de puestos de trabajo
  • Seguridad y prevención

Desde el punto de vista del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el profesiograma cumple las siguientes funciones específicas:

  • Permite ajustar el perfil del cargo a los criterios de salud y seguridad
  • Sirve como soporte para tomar decisiones frente al personal, basadas en el criterio de salud y seguridad
  • Permite identificar los requerimientos de capacitación y entrenamiento, a partir de fortalezas y debilidades en términos de salud y seguridad
  • Hace posible realizar una asignación de tareas acorde con las condiciones físicas de cada trabajador
  • Permite mejorar el diseño y suministro de dotaciones y elementos de protección personal
  • Contribuye a disminuir los casos de enfermedad laboral
  • Incrementa el nivel de prevención de accidentes

La elaboración del profesiograma

En la elaboración del profesiograma intervienen básicamente tres ámbitos de la organización: la gerencia de talento humano, el funcionario responsable de seguridad y salud en el trabajo, y el médico de la empresa.

No existen métodos ni formatos establecidos para elaborar el profesiograma. Sin embargo, en general puede decirse que el proceso como tal debe incluir tres fases:

1. Fase inicial

En la primera fase se elabora un diagnóstico inicial a partir de los exámenes médicos, la matriz de riesgos y peligros, el manual de funciones y perfiles y los resultados de la investigación de incidentes y accidentes laborales. Se toman en cuenta también otras fuentes de información adicionales como datos estadísticos y la información que proporciona el personal.

El objetivo de esta fase es responder a las siguientes preguntas:

  • ¿Qué se hace en cada puesto de trabajo?
  • ¿Por qué se hace?
  • ¿Cómo se hace?
  • ¿Dónde se hace?
  • ¿En qué condiciones se hace?

Las respuestas a esas preguntar permiten hacer un análisis de cada puesto de trabajo, que incluye:

  • Descripción de las tareas (habituales, periódicas y ocasionales)
  • Recursos utilizados en el puesto (tecnológicos, mecánicos, materiales)
  • Requisitos del puesto (físicos, intelectuales, psicosociales)
  • Responsabilidades
  • Formación y experiencia requeridas
  • Requerimientos del puesto de trabajo (seguridad, higiene, ergonomía, psicosocial)
  • Exigencias individuales del puesto (postura, desplazamiento, capacidades, habilidades, destrezas, tiempo, adiestramiento, etc.)

Finalmente, todo esto debe dar por resultado una definición de los riesgos para cada puesto de trabajo y del perfil laboral de quien esté en condiciones de asumirlos.

2. Estructuración del profesiograma

Durante la estructuración se le da la forma inicial al profesiograma, el cual debe ser una descripción objetiva de las características del puesto de trabajo y de los requerimientos que debe cumplir quien lo ocupe. Los elementos de la descripción deben ser precisos, concisos, concretos y medibles.

Debe tener los siguientes componentes:

  • Denominación del cargo o puesto de trabajo
  • Objetivo del cargo o puesto de trabajo
  • Funciones inherentes al cargo o puesto de trabajo
  • Formación exigida por el cargo o puesto de trabajo
  • Responsabilidades (¿A quién reporta? ¿A quién supervisa? Responsabilidades: económica, legal y en toma de decisiones. Capacitación, proyección y evaluación del desempeño).
  • Experiencia previa requerida
  • Condiciones de trabajo (exigencias físicas y mentales, entorno ambiental, horario, riesgos ordinarios, equipos de protección personal requeridos).
  • Requerimientos físicos y psicosociales
  • Condiciones de salud (tipo de exámenes médicos requeridos)
  • Perfil psicofisiológico (apariencia, vestimenta, expresión corporal, inteligencia, estado sensorial).

 

3. Ejecución y revisión del profesiograma

Una vez elaborada la primera versión del profesiograma, se deben llevar a cabo algunos procesos de ajuste y consolidación. Estos son:

  • Consulta a los trabajadores. Busca recoger información nueva sobre los puestos de trabajo, en términos de requerimientos y riesgos.
  • Elaboración de la versión final del profesiograma
  • Socialización del profesiograma
  • Revisiones periódicas del profesiograma

Aspectos legales del profesiograma

El profesiograma es una de las herramientas que acredita el proceso de mejoramiento en SG-SST dentro de una organización. Constituye también un insumo de base para la construcción tanto de la política como de la planeación de todo el sistema.

El artículo 7 de la Resolución 2346 de 2007 establece los requisito para realizar los exámenes médicos ocupacionales, aun no establece específicamente el término profesiograma, es en este documento donde el médico especialista resumen las condiciones de la labor del empleado y especifica los exámenes que deben realizarse.

«Artículo 7°. Información básica requerida para realizar las evaluaciones médicas ocupacionales. Para realizar las evaluaciones médicas ocupacionales, el empleador deberá suministrar la siguiente información básica:

1. Indicadores epidemiológicos sobre el comportamiento del factor de riesgo y condiciones de salud de los trabajadores, en relación con su exposición.

2. Estudios de higiene industrial específicos, sobre los correspondientes factores de riesgo.

3. Indicadores biológicos específicos con respecto al factor de riesgo».

Así mismo, en el Artículo 2.2.4.6.24, señala que algunas de las medidas de prevención y control que se deben llevar a cabo incluyen: “desarrollar acciones de vigilancia de la salud de los trabajadores mediante las evaluaciones médicas de ingreso, periódicas, retiro y los programas de vigilancia epidemiológica, con el propósito de identificar precozmente efectos hacia la salud derivados de los ambientes de trabajo y evaluar la eficacia de las medidas de prevención y control”.

 

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