¿Quién puede realizar las pruebas de alcoholimetría y sustancias psicoactivas en el trabajo?

Conoce quién puede realizar pruebas de alcoholimetría y sustancias psicoactivas en el trabajo, según la Resolución 1843 de 2025 y el concepto del Ministerio del Trabajo.

Ministerio del Trabajo aclara quién puede hacer pruebas de alcoholimetrías en las empresas

Ministerio del Trabajo aclara quién puede hacer pruebas de alcoholimetrías en las empresas

La Resolución 1843 de 2025 estableció que la toma de pruebas de alcoholimetría y sustancias psicoactivas debe ser realizada por “personal médico con Licencia de Salud Ocupacional vigente”.

La expresión generó una duda inmediata: ¿quién puede realizar las pruebas de alcoholimetría en el trabajo? ¿Estas pruebas solamente pueden ser practicadas por un médico especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) o también pueden intervenir otros integrantes del talento humano en salud?

El Ministerio del Trabajo respondió esta pregunta mediante un concepto emitido el 14 de agosto de 2025, en cumplimiento de un fallo de tutela. De acuerdo con esa interpretación, la expresión “personal médico” no se limita exclusivamente a los médicos.

Las pruebas de alcoholimetría no están reservadas únicamente a los médicos

En su respuesta, el Ministerio del Trabajo explicó que la expresión “personal médico” debe entenderse de manera amplia e incluye a otros integrantes del talento humano en salud que cuenten con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo y con las competencias necesarias para realizar la prueba.

Por tanto, las pruebas de alcoholimetría no tienen que ser tomadas necesariamente por un médico especialista en SST.

Sin embargo, esto tampoco significa que cualquier trabajador de la empresa pueda operar el alcoholímetro únicamente porque haya recibido una capacitación. La persona debe reunir varias condiciones de manera simultánea.

Requisitos para realizar pruebas de alcoholimetría

De acuerdo con la interpretación del Ministerio del Trabajo, quien realiza las pruebas de alcoholimetría debe cumplir, como mínimo, con tres condiciones:

  1. Pertenecer al talento humano en salud.
  2. Contar con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo.
  3. Ser idóneo para realizar la prueba y operar correctamente el alcoholímetro.

No basta con cumplir uno de estos requisitos de manera aislada.

Una persona puede tener licencia en SST, pero no pertenecer al talento humano en salud. También puede estar inscrita en el ReTHUS, pero no contar con licencia vigente en SST. Incluso puede cumplir ambas condiciones, pero no tener formación para operar el equipo.

En este video de SafetYA explicamos quién puede realizar las pruebas de alcoholimetría y sustancias psicoactivas en el trabajo, de acuerdo con la interpretación emitida por el Ministerio del Trabajo.

¿Quiénes forman parte del talento humano en salud?

El Ministerio del Trabajo no presentó una lista taxativa de todas las profesiones y ocupaciones que podrían estar comprendidas en su interpretación sobre las pruebas de alcoholimetría.

Para aclarar este punto puede acudirse al Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud —ReTHUS—, administrado por el Ministerio de Salud y Protección Social.

El ReTHUS permite verificar que una persona ha cumplido los requisitos para ejercer una profesión u ocupación del área de la salud.

De acuerdo con el ABECÉ oficial del Ministerio de Salud, entre las personas que deben registrarse se encuentran las siguientes:

Auxiliares del área de la salud

  • Auxiliar administrativo en salud.
  • Auxiliar de enfermería.
  • Auxiliar en salud oral.
  • Auxiliar en salud pública.
  • Auxiliar en servicios farmacéuticos.

Técnicos profesionales y tecnólogos

  • Técnico profesional en atención prehospitalaria.
  • Técnico profesional en citohistología.
  • Tecnólogo en atención prehospitalaria.
  • Tecnólogo en citohistología.
  • Tecnólogo en regencia de farmacia.
  • Tecnólogo en manejo de fuentes abiertas de uso diagnóstico y terapéutico.
  • Tecnólogo en radiodiagnóstico y radioterapia.
  • Tecnólogo en radiología e imágenes diagnósticas.
  • Tecnólogo en radioterapia.

Profesionales universitarios

  • Bacteriólogos.
  • Enfermeros.
  • Fisioterapeutas.
  • Fonoaudiólogos.
  • Gerontólogos.
  • Instrumentadores quirúrgicos.
  • Médicos.
  • Nutricionistas y dietistas.
  • Odontólogos.
  • Optómetras.
  • Psicólogos.
  • Terapeutas ocupacionales.
  • Terapeutas respiratorios.
  • Químicos farmacéuticos.

El Ministerio de Salud también señala que pueden registrarse otras profesiones u ocupaciones cuando se demuestre que su formación incluye competencias para brindar atención en salud en procesos de promoción, prevención, tratamiento, rehabilitación o paliación.

Esta relación permite comprender que el concepto de talento humano en salud es mucho más amplio que el de médico.

Estar inscrito en el ReTHUS no es suficiente

La inscripción en el ReTHUS demuestra que una persona está autorizada para ejercer una profesión u ocupación del área de la salud.

Sin embargo, aparecer en ese registro no significa automáticamente que pueda realizar pruebas de alcoholimetría o sustancias psicoactivas en el trabajo.

También debe contar con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo y acreditar la idoneidad necesaria para efectuar la prueba.

La persona puede acreditar los requisitos mediante distintas formaciones

La interpretación del Ministerio permite que una misma persona acredite por separado su condición de talento humano en salud y su licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo.

Por ejemplo, una persona podría:

  • estar registrada en el ReTHUS como auxiliar de enfermería;
  • contar con licencia vigente como tecnólogo en Seguridad y Salud en el Trabajo; y
  • ser idónea para utilizar el alcoholímetro.

Bajo la interpretación del Ministerio del Trabajo, esta persona cumpliría las condiciones señaladas para realizar las pruebas de alcoholimetría.

No sería necesario que fuera profesional universitario ni especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo.

¿Qué significa ser idóneo para realizar pruebas de alcoholimetría?

La persona debe conocer el funcionamiento del equipo y estar capacitada para aplicar correctamente el procedimiento.

Esta idoneidad puede incluir formación en:

  • preparación de la persona evaluada;
  • manejo adecuado del alcoholímetro;
  • toma correcta de la muestra;
  • verificación del estado y calibración del equipo;
  • registro del resultado;
  • control de calidad;
  • bioseguridad;
  • confidencialidad;
  • actuación ante resultados positivos, dudosos o inválidos.

La capacitación puede ser impartida por el fabricante, distribuidor o proveedor del alcoholímetro, o por otra entidad que pueda acreditar la formación técnica necesaria para usar correctamente el equipo.

No es obligatorio que el curso sea impartido por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses cuando las pruebas de alcoholimetría tienen una finalidad preventiva dentro del SG-SST.

Pruebas de alcoholimetría preventivas y pruebas con fines penales

Las pruebas de alcoholimetría realizadas por las empresas dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo tienen una finalidad preventiva.

Su propósito es evitar que una persona realice una tarea crítica cuando presenta una condición que puede afectar su seguridad o la de terceros.

Este contexto es diferente al de una prueba practicada dentro de una investigación penal o judicial, por ejemplo, después de un siniestro vial con personas fallecidas o lesionadas.

En esos casos adquieren especial importancia la intervención de las autoridades, los protocolos de Medicina Legal, la cadena de custodia y la validez probatoria del resultado.

Estos requisitos no pueden trasladarse automáticamente a las pruebas de alcoholimetría preventivas realizadas por una empresa.

¿Puede el responsable del SG-SST realizar pruebas de alcoholimetría?

Depende de su formación.

Si el responsable del SG-SST tiene únicamente formación como ingeniero, administrador, abogado, profesional en SST o tecnólogo en SST, no podría realizar la prueba solo por contar con licencia o haber recibido capacitación para manejar el alcoholímetro.

En cambio, si también pertenece al talento humano en salud, cuenta con licencia vigente en SST y es idóneo para operar el equipo, podría cumplir las condiciones indicadas por el Ministerio.

¿Qué debe verificar la empresa?

Antes de contratar o asignar a una persona para realizar pruebas de alcoholimetría, el empleador debe verificar:

  1. Su pertenencia al talento humano en salud.
  2. Su inscripción en el ReTHUS, cuando corresponda.
  3. La vigencia y alcance de su licencia en SST.
  4. Su capacitación e idoneidad para operar el alcoholímetro.
  5. La calibración y mantenimiento del equipo.
  6. La existencia de un procedimiento documentado.
  7. Las medidas de confidencialidad.
  8. La actuación prevista ante resultados positivos, dudosos o inválidos.
  9. La disponibilidad de valoración médica cuando sea necesaria.

Origen y alcance de la interpretación del Ministerio

La aclaración sobre quién puede realizar las pruebas de alcoholimetría y sustancias psicoactivas fue emitida por el Ministerio del Trabajo el 14 de agosto de 2025, en cumplimiento de un fallo de tutela promovido por el abogado Santiago Fernández Gallón.

En este video, el doctor Fernández Gallón explica el origen de la consulta, la respuesta del Ministerio del Trabajo y el alcance de la interpretación sobre el personal autorizado para realizar las pruebas.

En esa respuesta, el Ministerio amplió el alcance de la expresión “personal médico” utilizada en la Resolución 1843 de 2025 y explicó que no debe entenderse como una referencia exclusiva a médicos especialistas en Seguridad y Salud en el Trabajo.

Sin embargo, esta interpretación fue comunicada dentro de una respuesta particular y no mediante una circular, guía o acto administrativo de alcance general. Por ello, aunque constituye la explicación oficial más detallada conocida hasta el momento, no modifica formalmente el texto de la resolución.

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