Reporte de estadísticas de acoso sexual en el trabajo

Descubre cómo cumplir con el reporte de estadísticas de acoso sexual en el trabajo según la Ley 2365 de 2024. Conoce el formato sugerido.

La Ley 2365 de 2024 establece obligaciones al empleador en prevención del acoso sexual

La Ley 2365 de 2024 establece obligaciones al empleador en prevención del acoso sexual

El acoso sexual en el ámbito laboral es un problema que ha cobrado mayor relevancia en Colombia, impulsando la creación de normativas que exigen a las empresas mayor transparencia y control sobre estos casos. La Ley 2365 de 2024 busca fortalecer la prevención y atención de las violencias basadas en género, estableciendo en su artículo 11 diversas obligaciones para empleadores.

En particular, el numeral 7 de este artículo exige que las empresas publiquen semestralmente el número de quejas tramitadas y sanciones impuestas por acoso sexual en el trabajo. Además, estas cifras deben ser reportadas al Sistema Integrado de Información de Violencias de Género (SIVIGE) dentro de los últimos 10 días de cada semestre, garantizando la confidencialidad de las partes involucradas.

Publicación de estadísticas de acoso sexual

Para cumplir con la Ley 2365 de 2024, las empresas deben elaborar y divulgar un reporte semestral con las estadísticas de acoso sexual en el trabajo. Este documento debe estar disponible en canales físicos y/o electrónicos, asegurando el acceso a la información.

De forma obligatoria el reporte debe contener:

  • Periodo del reporte
  • Número de quejas tramitadas
  • Número de sanciones impuestas

Como una buena práctica de gestión documental se recomienda incluir:

  • Encabezado: Incluye el nombre de la empresa y, si aplica, un código interno de documento.
  • Título del documento: «Reporte de estadísticas de acoso sexual en el Trabajo».
  • Introducción: Explica que la empresa cumple con la Ley 2365 de 2024 y reafirma su compromiso con la transparencia.
  • Periodo del reporte: Puede ser, por ejemplo, «Segundo semestre de 2024» o «1 de junio al 31 de diciembre de 2024».
  • Quejas tramitadas: Número total de denuncias recibidas por acoso sexual
  • Sanciones impuestas: Cantidad de sanciones por acoso sexual aplicadas tras la investigación.
  • Fecha de publicación: Fecha en que la estadística ha sido publicada en la empresa.

Es importante destacar que la norma no exige firmas en el documento, por lo que su inclusión es opcional. Además, la información debe publicarse en un formato anonimizado, protegiendo la identidad de las personas involucradas.

Ejemplo de formato de publicación

A continuación se presenta un ejemplo del formato utilizado por el equipo SafetYA en las instalaciones de nuestros clientes.  Se recomienda que como evidencia se tome una foto de la publicación realizada.  Una vez cambie el periodo, la hoja o pdf debe almacenarse como parte de los documentos del SG-SST.

F-SST-212 – VERSIÓN 1-20241220
DUMBOX INC
ESTADÍSTICAS DE ACOSO SEXUAL EN EL TRABAJO

ESTADÍSTICAS DE ACOSO SEXUAL EN EL TRABAJO

Dumbox Inc, en cumplimiento del numeral 7 del artículo 11 de la Ley 2365 de 2024, pone a
disposición de sus interesados el informe semestral que detalla el número de quejas tramitadas y las
sanciones impuestas. Esta información está publicada en nuestros canales físicos y/o electrónicos
disponibles, reafirmando nuestro compromiso con la transparencia y la normativa vigente.

Periodo: Segundo semestre de 2024

Quejas tramitadas Sanciones impuestas
2 1

Publicado el: 30 de diciembre de 2024

Reporte al Sistema Integrado de Información de Violencias de Género (SIVIGE)

Además de la publicación interna, las empresas deben remitir los datos al Sistema Integrado de Información de Violencias de Género (SIVIGE) dentro de los últimos 10 días del semestre. Sin embargo, actualmente no hay una página web habilitada, ni instructivos, formatos oficiales o lineamientos específicos para este proceso.

El plazo dado por el artículo 22 de la Ley 2365 al gobierno nacional para incorporar al Sistema Integrado de Información de Violencias de Género Sivige, un apartado para el registro de quejas y de sanciones de acoso sexual en el contexto laboral y en las Instituciones de Educación Superior es de un año, el cual finaliza el 20 de junio de 2025.

Dado que el procedimiento de reporte aún no está claro, se presentará una solicitud formal al Ministerio de Salud y Protección Social para obtener información sobre:

  1. La plataforma o medio oficial donde debe realizarse el reporte.
  2. El formato o estructura de los datos que se deben enviar.
  3. Si se reporta siempre o solo cuando hay casos de acoso sexual
  4. Instrucciones específicas para el cumplimiento de esta obligación.

Una vez la entidad responda con los lineamientos oficiales, actualizaremos este artículo para incluir los pasos detallados del proceso.

Para estar al día en la normatividad vigente en riesgos laborales, conoce nuestros servicios

Periódicamente enviaremos un boletín con nuestros últimos artículos
SafetYA®