Reporte de estadísticas de acoso sexual en el trabajo

Descubre cómo cumplir con el reporte de estadísticas de acoso sexual en el trabajo según la Ley 2365 de 2024. Conoce el formato sugerido.

La Ley 2365 de 2024 establece obligaciones al empleador en prevención del acoso sexual

La Ley 2365 de 2024 establece obligaciones al empleador en prevención del acoso sexual

El acoso sexual en el ámbito laboral es un problema que ha cobrado mayor relevancia en Colombia, impulsando la creación de normativas que exigen a las empresas mayor transparencia y control sobre estos casos. La Ley 2365 de 2024 busca fortalecer la prevención y atención de las violencias basadas en género, estableciendo en su artículo 11 diversas obligaciones para empleadores.

En particular, el numeral 7 de este artículo exige que las empresas publiquen semestralmente el número de quejas tramitadas y sanciones impuestas por acoso sexual en el trabajo. Además, estas cifras deben ser reportadas al Sistema Integrado de Información de Violencias de Género (SIVIGE) dentro de los últimos 10 días de cada semestre, garantizando la confidencialidad de las partes involucradas.

Publicación de estadísticas de acoso sexual

Para cumplir con la Ley 2365 de 2024, las empresas deben elaborar y divulgar un reporte semestral con las estadísticas de acoso sexual en el trabajo. Este documento debe estar disponible en canales físicos y/o electrónicos, asegurando el acceso a la información.

De forma obligatoria el reporte debe contener:

  • Periodo del reporte
  • Número de quejas tramitadas
  • Número de sanciones impuestas

Como una buena práctica de gestión documental se recomienda incluir:

  • Encabezado: Incluye el nombre de la empresa y, si aplica, un código interno de documento.
  • Título del documento: “Reporte de estadísticas de acoso sexual en el Trabajo”.
  • Introducción: Explica que la empresa cumple con la Ley 2365 de 2024 y reafirma su compromiso con la transparencia.
  • Periodo del reporte: Puede ser, por ejemplo, “Segundo semestre de 2024” o “1 de julio al 31 de diciembre de 2024”.
  • Quejas tramitadas: Número total de denuncias recibidas por acoso sexual
  • Sanciones impuestas: Cantidad de sanciones por acoso sexual aplicadas tras la investigación.
  • Fecha de publicación: Fecha en que la estadística ha sido publicada en la empresa.

Es importante destacar que la norma no exige firmas en el documento, por lo que su inclusión es opcional. Además, la información debe publicarse en un formato anonimizado, protegiendo la identidad de las personas involucradas.

Ejemplo de formato de publicación

A continuación se presenta un ejemplo del formato utilizado por el equipo SafetYA en las instalaciones de nuestros clientes.  Se recomienda que como evidencia se tome una foto de la publicación realizada.  Una vez cambie el periodo, la hoja o pdf debe almacenarse como parte de los documentos del SG-SST.

F-SST-212 – VERSIÓN 1-20241220
DUMBOX INC
ESTADÍSTICAS DE ACOSO SEXUAL EN EL TRABAJO

ESTADÍSTICAS DE ACOSO SEXUAL EN EL TRABAJO

Dumbox Inc, en cumplimiento del numeral 7 del artículo 11 de la Ley 2365 de 2024, pone a disposición de sus interesados el informe semestral que detalla el número de quejas tramitadas y las sanciones impuestas. Esta información está publicada en nuestros canales físicos y/o electrónicos disponibles, reafirmando nuestro compromiso con la transparencia y la normativa vigente.

Periodo: Segundo semestre de 2024

Quejas tramitadas Sanciones impuestas
2 1

Publicado el: 30 de diciembre de 2024

Reporte al Sistema Integrado de Información de Violencias de Género (SIVIGE)

Además de la publicación interna, la Ley 2365 de 2024 establece que los empleadores deben remitir al Sistema Integrado de Información de Violencias de Género (SIVIGE) el número de quejas tramitadas y sanciones impuestas por acoso sexual, dentro de los últimos diez días del respectivo semestre.

Sin embargo, actualmente no se encuentra habilitado el mecanismo para que los empleadores realicen este reporte. El Ministerio de Salud y Protección Social informó que aún no se cuenta con el proceso estructurado ni con un módulo habilitado para registrar las quejas y sanciones por acoso sexual en el contexto laboral.

La entidad también señaló que se encuentra trabajando de manera articulada con el Ministerio del Trabajo para definir el proceso, las herramientas y la ruta mediante la cual deberá realizarse el reporte.

Por lo anterior, la falta de una herramienta para reportar al SIVIGE no elimina la obligación de realizar la publicación semestral al interior de la empresa. También es recomendable conservar organizada la información de cada semestre para poder realizar los reportes correspondientes cuando sea habilitado el mecanismo oficial.

SafetYA publicó un artículo específico en el que se explica el estado actual de esta obligación, las respuestas del Ministerio de Salud y los proyectos de reglamentación que se han conocido. Consulte ¿Debo reportar las estadísticas de acoso sexual al SIVIGE?

Capacitaciones relacionadas con salud mental

La prevención del acoso y la violencia en el trabajo se relaciona con otros aspectos de la gestión de la salud mental y los factores psicosociales. Estas capacitaciones pueden complementar la información presentada en este artículo y apoyar el fortalecimiento de las acciones preventivas en la organización.

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