Sistema de Afiliación Transaccional (SAT)

A partir del 1 de enero de 2020 comenzará a operar el Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional (SAT). Conozca las preguntas frecuentes.

Én el 2020 entrará en funcionamiento el Sistema de Afiliación Transaccional SAT

Én el 2020 entrará en funcionamiento el Sistema de Afiliación Transaccional SAT

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Desde el año 2015, el Ministerio de Salud y Protección Social de la República de Colombia ha comenzado a regular el Sistema de Afiliación Transaccional (SAT), un sistema de información que permitirá tener en tiempo real la información de riesgos laborales del país.  En el año 2020, con el apoyo de las Administradoras de Riesgos Laborales y las entidades participantes, este sistema será una realidad.

¿Qué es el Sistema de Afiliación Transaccional?

El Sistema de Afiliación Transaccional es un conjunto de procesos, procedimientos e instrumentos de orden técnico y administrativo, que dispondrá el Ministerio de Salud y Protección Social para registrar y consultar, en tiempo real, los datos de información básica y complementaria de los afiliados, la afiliación y sus novedades en los Sistemas Generales de Seguridad Social en Salud y en Riesgos Laborales. (Decreto 780 de 2016, artículo 2.1.2.1).

¿Qué significa SAT?

SAT  es la sigla con la que se identifica el Sistema de Afiliación Transaccional.

¿Cuál es el objetivo del SAT?

En esta entrevista al Dr. Germán Ponce, director de la Cámara Técnica de Riesgos Laborales de Fasecolda, nos cuenta el origen del SAT, los objetivos de este sistema y cómo va el proceso de su implementación.

¿Qué ministerio lidera el SAT?

Este proceso está liderado por el Ministerio de Salud y Protección Social.  A la fecha, no se ha encontrado participación del Ministerio del Trabajo o del Fondo de Riesgos Laborales en este proyecto.

¿Qué normatividad regula el Sistema de Afiliación Transaccional?

El Sistema de Afiliación Transaccional inició en el año 2015 con el Decreto 2353 de 2015 que posteriormente fue compilado en el Decreto 780 de 2016 en el Libro 2, Parte 1, Título 2 y modificado por el Decreto 2058 de 2018.

Los artículos del Decreto 780 de 2016 que rigen el Sistema de Afiliación Transaccional son:

  • 2.1.2.1. Creación del Sistema de Afiliación Transaccional
  • 2.1.2.2. Elementos del Sistema de Afiliación Transaccional
  • 2.1.2.3. Soportes documentales en el Sistema de Afiliación Transaccional
  • 2.1.2.4. Identificación de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al Sistema General de Riesgos Laborales
  • 2.1.2.5. Transición al Sistema de Afiliación Transaccional

En el año 2018, Minsalud expidió la Resolución 768 de 2018 por la cual se adoptan las reglas y condiciones generales para la operación del Sistema de Afiliación Transaccional (SAT).

En el año 2019, el Ministerio de Protección Social expidió la Resolución 2389 de 2019 por la cual se definen los lineamientos generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) en el Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) y se adopta el formulario de afiliación y traslado del empleador al Sistema General de Riesgos Laborales.  En noviembre de 2019, los plazos fueron modificados por la Resolución 2945 de 2019.

¿El SAT reemplaza la PILA?

No, el Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) no reemplaza la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).   Los dos sistemas interoperarán.

¿Con qué otros sistemas se integrará el SAT?

Además de la PILA, el SAT se integrará con otros sistemas como:

  • Sistemas de la Registraduría Nacional del Estado Civil, Migración Colombia y cualquier otra entidad que tenga a su cargo la expedición de documentos de identidad de nacionales y residentes extranjeros.
  • Sistemas de información de los regímenes Especiales y de Excepción del Sistema General de Seguridad Social en Salud y en el Sistema General de Riesgos Laborales
  • Sistemas de información de las EPS, EOC y ARLs
  • Base de Datos Única de Afiliados (BDUA)
  • Sistemas de información de las Cámaras de Comercio

¿Cuál es la página web del Sistema de Afiliación Transaccional?

Los usuarios realizarán las transacciones de afiliación, reporte de novedades y consultas al SGRL a través del portal web “www.miseguridadsocial.gov.co”.

Imagen de bienvenida en miseguridadsocial.gov.co

Imagen de bienvenida en miseguridadsocial.gov.co

¿Cuáles son las obligaciones del empleador en el SAT?

  1. Registrarse y activar el Rol Empleador
  2. Afiliarse a una ARL (si no lo está)
  3. Registrar los centros de trabajo y las sedes
  4. Registrar la actividad económica y clase de riesgo
  5. Asociar trabajadores o estudiantes en práctica formativa
  6. Reportar novedades en la afiliación (licenicas, incapacidades, traslados, reclasificaciones, etc)

¿Qué debe hacer el empleador en el 2019 en el SAT?

Por le momento las obligaciones de incorporar información al SAT son de las ARL y del Ministerio del Trabajo. Los empleadores deben estar atentos a las instrucciones que su ARL les envíe.

Las ARL apoyarán la implementación del Sistema de Afiliación Transaccional a través de sus oficinas de atención al afiliado o la dependencia correspondiente, para lo cual el Ministerio dispondrá los tutoriales en el portal web “miseguridadsocial.gov.co”.

¿Cuándo comenzará a funcionar el SAT?

A partir del 1 de enero de 2020 comenzarán a funcionar las transacciones de:

a) Afiliación del empleador a una ARL
b) Retracto de la solicitud de traslado de ARL

A 30 de junio de 2020, se realizarán en el Sistema de Afiliación Transaccional las siguientes transacciones:

a) Administración de sedes que incluye la creación, actualización e inactivación de sedes de un empleador.
b) Administración de centros de trabajo que incluye la creación, actualización e inactivación de centros de trabajo.
c) Variación del centro de trabajo.
d) Reclasificación del riesgo de un centro de trabajo.
e) Traslado de ARL.
f) Retracto de la solicitud de traslado de ARL.
g) Retiro definitivo de la empresa al SGRL.
h) Inicio de relación laboral o práctica formativa.
i) Terminación de relación laboral o práctica formativa.
j) Incapacidad temporal por accidente o enfermedad de origen común.
k) Incapacidades por accidente de trabajo o enfermedad laboral.
l) Licencia de maternidad.
m) Licencia de paternidad.
n) Licencia remunerada.
o) Licencia no remunerada.
p) Comisión de servicios no remunerada.
q) Suspensión temporal del contrato de trabajo o práctica formativa.
r) Vacaciones.
s) Modificación del ingreso base de cotización.
t) Retiro por muerte del trabajador o estudiante en práctica formativa.
u) Consulta de empresa
v) Consulta de estructura de empresa

¿Qué roles existen en el SAT?

Los roles se encuentran definidos en el anexo de la Resolución 768 de 2018 y en el artículo 4 de las Resolución 2389 de 2019.

El sistema de afiliación tendrá los siguientes roles:

  1. Rol empleador: Persona jurídica o natural que tiene la calidad de empleador para efectuar las transacciones, de acuerdo con sus obligaciones en el Sistema de Seguridad Social Integral (SSSI);
  2. Rol ARL: Representante legal de una ARL para acceder a las transacciones que realicen sus afiliados, realizar las verificaciones de su competencia y reportar toda la información relacionada con la afiliación y novedades de su población afiliada, incluidos los empleadores;
  3. Rol Ministerio del Trabajo: Representante legal del Ministerio del Trabajo para acceder a consultas de la afiliación y novedades del SGRL.
  4. Rol Administradora o Pagadora de Pensiones: Condición del representante legal de una entidad reconocedora o pagadora de pensiones para efectuar las transacciones de acuerdo con sus obligaciones en el SGSSS. También será aplicable a las personas naturales que se encuentren obligadas al pago de pensiones.
  5. Rol Afiliado: Condición de la persona que tiene una afiliación previa al SGSSS o realiza su afiliación por primera vez a través de SAT.
  6. Rol Caja de Compensación Familiar: Condición del representante legal de una Caja de Compensación Familiar que otorga el mecanismo de protección al cesante, para efectuar las transacciones de acuerdo con sus obligaciones en el SGSSS.
  7. Rol Ciudadano: Condición de la persona que no tiene una afiliación previa al SGSSS y accede al SAT para realizar la afiliación.
  8. Rol Entidad Afiliación Institucional: Condición del representante legal de una entidad responsable de las afiliaciones institucionales, para efectuar las transacciones que son de su competencia en el régimen subsidiado del SGSSS.
  9. Rol Entidad Afiliación de Oficio: Condición del representante legal de una entidad responsable de las afiliaciones de oficio, para efectuar las transacciones de acuerdo con sus obligaciones en el SGSSS.
  10. Rol Entidad Obligada a Compensar: Condición del representante legal de una entidad obligada a compensar para acceder a las transacciones que realicen sus afiliados y reporte de novedades, realizar las verificaciones de su competencia y reportar toda la información relacionada con la afiliación de su población afiliada.
  11. Rol Entidad Promotora de Salud: Condición del representante legal de una Entidad Promotora de Salud para acceder a las transacciones que realicen sus afiliados o entidades responsables de afiliación y reporte de novedades, realizar las verificaciones de su competencia y reportar toda la información relacionada con la afiliación de su población afiliada.
  12. Rol Entidad Territorial: Condición del representante legal de una entidad territorial, para efectuar las transacciones que son de su competencia en el régimen subsidiado del SGSSS.
  13. Rol Institución Prestadora de Servicios de Salud: Condición del representante legal de una IPS para acceder a consultas, reporte de información de internación y demás información que requiera el SAT.
  14. Rol Superintendencia Nacional de Salud: Condición del representante legal de la Superintendencia Nacional de Salud para el reporte de información de las actuaciones que incidan o se relacionen con la afiliación al SGSSS y aquella que sea requerida para la operación de las funcionalidades del SAT.
  15. Rol Usuarios de Información (reporte o requerimiento): Condición del representante legal de aquellas entidades que por una o varias obligaciones frente al SGSSS deban reportar o acceder a la información sobre la afiliación al mismo, de acuerdo con los requerimientos que defina este Ministerio. También le corresponderá a las entidades de vigilancia y control que requieran consultar el sistema de acuerdo con los accesos que se definan. Estos roles podrán ser determinados de manera individual según la especificidad que pueda tener.

¿Qué beneficios traerá el SAT?

Cuando las novedades sean reportadas a través del SAT, los empleadores no requerirán el diligenciamiento físico o electrónico del “Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL)” ni del “Formulario Único de Afiliación y Traslado del Empleador al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL)”.

Las ARL no podrán requerir documentos para acreditar la calidad de empleador, cuando se hubiere registrado en el SAT con el “Rol empleador”, información que podrá ser consultada en tal sistema”.

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