Campo de aplicación y cobertura de los estándares mínimos

El campo de aplicación y cobertura de los estándares mínimos forma parte del especial de los 500 días de la Resolución 1111 de 2017 creado por SafetYA.

Campo de aplicación y cobertura de los estándares mínimos se desarrolla en el artículo 1 de la Resolución 1111 de 2017

Campo de aplicación y cobertura de los estándares mínimos se desarrolla en el artículo 1 de la Resolución 1111 de 2017

Este artículo fue publicado hace más de un año y algunas de las referencias normativas pueden estar desactualizadas. Si detecta algún error, por favor repórtelo a través de nuestro formulario de contacto.

Atención: La Resolución 1111 de 2017 fue derogada por la Resolución 0312 de 2019,  este artículo se encuentra en proceso de revisión por parte de nuestro equipo editorial.

Una vez expedida la Resolución 1111 de 2017, surgieron dudas en los empresarios con respecto al campo de aplicación y cobertura de los estándares mínimos del SG-SST.

¿Quién debe cumplir los estándares mínimos del SG-SST?

Según el artículo 1 de la Resolución 1111 de 2017, el cual establece en detalle el campo de aplicación y cobertura de los estándares mínimos del SG-SST, deben cumplir con estos estándares:

  • Empleadores públicos y privados
  • Trabajadores dependientes e independientes
  • Contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo
  • Organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo
  • Agremiaciones u asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral
  • Empresas de servicios temporales
  • Estudiantes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales
  • Trabajadores en misión
  • Administradoras de riesgos laborales
  • Policía Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado
  • Personal civil de las fuerzas militares

Las dudas sobre la cobertura y el alcance

Aunque todo parezca muy claro, una lectura cuidadosa de este artículo deja algunas dudas, que a la fecha están sujetas a interpretación.

¿Y las embajadas?

No existe ninguna norma que hable sobre las embajadas y consulados en Colombia, de acuerdo con Wikipedia:

«… las misiones diplomáticas gozan de estatus extraterritorial, por ende, aunque pertenecen al territorio de la nación anfitriona, están desligadas de las leyes locales y, en casi todas las situaciones, son tratadas como parte del territorio del país al que pertenecen. ya que aunque se encuentran en el territorio nacional son un terreno de otro país…»

Entonces, si una embajada en Colombia se rige por las leyes de su país, no estaría obligada a cumplir con los estándares mínimos del SG-SST, aunque contrate trabajadores colombianos.

Sobre esto hay un antecedente de la Corte Constitucional del año 2011 que establece que las misiones diplomáticas deberán responder por sus empleados; esto implicaría que hasta las embajadas deben cumplir con la Resolución 1111 de 2017.

¿Y las excepciones?

Las únicas excepciones a la obligación de cumplir con los estándares mínimos del SG-SST, encontradas de forma implícita en la Resolución 1111 de 2017, son:

  • Personal uniformado de la Policía Nacional
  • Personal no civil de las fuerzas militares
  • Personas naturales que desarrollen actividades de servicio doméstico

Sin embargo, el parágrafo del artículo 1 de la Resolución 1111 de 2017 establece:

«Parágrafo. Para dar cumplimiento a la Decisión 584 de 2004 y Resolución 957 de 2005 de la Comunidad Andina de Naciones, los regímenes de excepción previstos en el artículo 279 de la Ley 100 de 1993 pueden tomar como referencia o guía los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo establecidos en la presente resolución, para lo cual cada entidad, empresa o institución realizará los ajustes y adecuaciones correspondientes».

Consultando el artículo 279 de la Ley 100 de 1993, además de la Policía Nacional y las Fuerzas Militares, podrían existir otras excepciones.

Ejemplos sobre el campo de aplicación y cobertura de los estándares mínimos del SG-SST

A continuación presentamos algunos ejemplos de empresas o actividades que están incluidas dentro del campo de aplicación y cobertura de los estándares mínimos del SG-SST:

  • Presidencia de la República
  • Senado de la República de Colombia
  • Cámara de Representantes
  • Entidades gubernamentales de orden nacional y territorial
  • Microempresas
  • Pequeñas y medianas empresas
  • Grandes empresas
  • Consorcios
  • Uniones temporales
  • Sucursal de empresa extranjera
  • Propiedad horizontal residencial
  • Propiedad horizontal mixta
  • Iglesias
  • Fundaciones (con y sin ánimo de lucro)
  • Gremios
  • Asociaciones
  • Cámaras de Comercio
  • Independientes con personal a cargo
  • Universidad públicas y privadas
  • Administradoras de Riesgos Laborales
  • Entidades Promotoras de Salud
  • Fondos de pensiones y cesantías
  • Sociedades Científicas
  • Organismos internacionales
  • Instituciones de educación formal y de formación para el trabajo y desarrollo humano
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