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PYES E1.2.3: Responsables del SG-SST con curso de 50 horas

La Guía PYES presenta el E1.2.3 sobre los responsables del SG-SST con curso de 50 horas

La Guía PYES presenta el E1.2.3 sobre los responsables del SG-SST con curso de 50 horas

La Guía PYES presenta el ítem del estándar 1.2.3 (E1.2.3) del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo sobre los responsables del SG-SST con curso de 50 horas.

Índice de E1.2.3 – Responsables del SG-SST con curso de 50 horas

Marco legal

Para el GRUPO60*, el artículo 16 de la Resolución 0312 de 2019 describe el ítem del estándar E1.2.3 así:

«El responsable del Sistema de Gestión de SST realiza el curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas en SST definido por el Ministerio del Trabajo».

El artículo 2.2.4.6.35 del Decreto 1072 de 2015 establece la obligación de realizar un curso virtual de 50 horas por parte de los responsables del SG-SST:

«Artículo 2.2.4.6.35. Capacitación obligatoria. Los responsables de la ejecución de los Sistema de Gestión de la Seguridad y Saluden, el Trabajo SG-SST, deberán realizar el curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas sobre el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST que defina el Ministerio del Trabajo en desarrollo de las acciones señaladas en el literal a) del artículo 12 de la Ley 1562 de 2012, y obtener el certificado de aprobación del mismo».

Desde el año 2014, el curso virtual era realizado por el SENA, posteriormente, en el año 2016, el Ministerio de Trabajo expidió la Resolución 4927 de 2016 por la cual se establecieron los parámetros y requisitos para desarrollar, certificar y registrar la capacitación virtual en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

* UPA3, MICRO7, PYME21 y GRUPO60 son los nombres de las clasificaciones de las empresas para el cumplimiento de los estándares mínimos asignados por SafetYA, pero no forman parte de una clasificación realizada por el Ministerio del Trabajo.

Guía PYES para el cumplimiento del estándar

Para el cumplimiento del estándar se debe contar con tener un responsable de la ejecución del SG-SST o administrador del SG-SST.

Solicite el acceso al curso

El primer paso es solicitar el acceso al curso virtual para el administrador del SG-SST.  El curso se puede tomar con la ARL a la cual se encuentra afiliada la empresa, con el SENA o cualquiera de los oferentes autorizados por el Ministerio de Trabajo.

La ventaja del curso del SENA es que es tutorado, es decir, el SENA asigna una persona al curso para responder preguntas en el foro y calificar las tareas, pero el proceso de asignación de cupo en el curso puede tomar varios meses. Otros oferentes  ofrecen el curso por auto-instrucción (sin tutores) y el proceso de asignación de cupo es inmediato al realizar la inscripción.

Realice el curso

El administrador del SG-SST debe realizar el curso a través de Internet. El curso es virtual y gratuito.

Dependiendo del oferente seleccionado para tomar el curso virtual, será necesario realizar tareas que son calificadas por un tutor.  Los cursos que no tienen tutor son evaluados mediante cuestionarios en línea con preguntas sobre cada uno de los temas.

Descargue el certificado

Una vez finalizado el curso, descargue el certificado, su emisión puede tomar algunos días dependiendo del oferente seleccionado.

Verifique que el certificado cuenta con los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Resolución 4927 de 2016 que son:

  1. Incluir la mención a “La República de Colombia”
  2. Número de registro otorgado al oferente de capacitación por el Ministerio del Trabajo
  3. Denominación del curso: “Certificación de capacitación, Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG – SST)”
  4. Nombres y apellidos de la persona capacitada
  5. Tipo de documento y número de identificación de la persona capacitada
  6. Nombre del oferente que imparte la capacitación
  7. Ciudad y fecha en las que se otorga el certificado
  8. Horas cursadas

Reentrenamiento

Los responsables del SG-SST con curso de 50 horas deben reentrenarse cada tres años con un curso de 20 horas, el artículo 16 de la Resolución 4927 de 2016 establece:

«Artículo 16. Actualización de la capacitación virtual. Para mantener vigente la certificación del curso de capacitación virtual, las personas deberán realizar una actualización certificada de veinte (20) horas cada tres (3) años, cuyos temarios o módulos serán establecidos por la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo».

Con la Circular 063 de 2020, el Ministerio del Trabajo determinó los contenidos del curso virtual de 20 horas y dio un plazo de 2 meses a todos los oferentes autorizados para poner a disposición de la comunidad el curso de 20 horas. Este plazo vence el 7 de diciembre de 2020.

A partir del 8 de diciembre de 2020, lo certificados del curso de 50 horas solo serán válidos si fueron expedidos durante los últimos 3 años.

Evaluación de los responsables del SG-SST con curso de 50 horas

El artículo 16 de la Resolución 312 de 2019 describe el modo de verificación para el GRUPO60 así:

«Solicitar el certificado de aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas en SST definido por el Ministerio del Trabajo, expedido a nombre del responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo».

Si la empresa cuenta con responsables del SG-SST con curso de 50 horas, obtendrá dos (2) puntos en la evaluación de los estándares mínimos.

El certificado tiene una vigencia de tres(3) años después de los cuales se debe realizar un reentrenamiento de 20 horas. Si el reentrenamiento no se realiza, se pierden los puntos adquiridos por la empresa en la evaluación.

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