Actualmente la licencia de seguridad y salud en el trabajo en Colombia está regulada por la Resolución 4502 de 2012 que establece el campo de acción para técnicos, tecnólogos, profesionales y especialistas en seguridad y salud en el trabajo, sin embargo, con la Resolución 754 de 2021 (modificada por la Resolución 1151 de 2022) comienza una etapa de transición en la forma como se expiden y renuevan las licencias en Colombia.
Desde el año 2019, el Ministerio de Salud y Protección Social venía con la idea de realizar un cambio en las licencias de Seguridad y Salud en el Trabajo, es por ello que en agosto de 2019 presentó para comentarios el proyecto de acto administrativo, durante un mes, los prevencionistas y la ciudadanía en general pudieron enviar comentarios al ministerio sobre lo que sería la nueva normativa.
Debido a la pandemia del año 2020, la expedición de este acto administrativo fue aplazado por la entidad, sin embargo, finalmente se expidió la Resolución 754 de 2021 del 31 de mayo de 2021, este acto administrativo establece los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
La Resolución 4502 de 2012 continuará vigente hasta que transcurran seis (6) desde la publicación del aplicativo al que hace referencia el artículo 3 de la R754/21.
Un año después, la Resolución 1151 del 1 de julio de 2022 realizó una modificación al anexo técnico No. 1 sobre el alcance de las licencias de personas naturales.
En este video te contamos cuántas licencias de Seguridad y Salud en el Trabajo se han expedido en Colombia entre 2013 y 2021.
¿Qué cambios trae La Resolución 754 de 2021?
Esta resolución incluye entre otras modificaciones:
Introduce un aplicativo web como la herramienta tecnológica que permite gestionar por parte de los interesados y de las entidades departamentales y distritales de salud, las solicitudes de expedición, renovación o modificación de las licencias de seguridad y salud en el trabajo para personas naturales y jurídicas.
Modifica los requisitos mínimos para la licencia de seguridad y salud en el trabajo de las personas jurídicas
Modifica el alcance geográfico de las licencias de personas jurídicas, en la Resolución 4502 de 2012 el alcance es en todo el territorio nacional, pero en esta resolución establece que las personas jurídicas deben solicitar licencia por sede.
Deroga la Resolución 4502 de 2012.
Se eliminan los anexos que hacen referencias a los formularios de solicitud de licencias de persona natural y jurídica.
Incluye la investigación de enfermedades laborales en el campo de aplicación de los profesionales en Seguridad y Salud en el Trabajo.
Para profesionales en ingeniería separa los campos de acción de higiene y seguridad industrial.
Cambios en los campos de acción de las licencias de SST
Al realizar una comparación del campo de acción de la Resolución 4502 de 2012 y el nuevo campo de acción que introduce la Resolución 754 de 2021, se encuentran las siguientes diferencias.
Cambios en los títulos
Resolución 4502 de 2012
Resolución 754 de 2021
Médico(a) especialista en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente
Profesional en medicina especialista en medicina del trabajo o en seguridad y salud en el trabajo
Psicólogo(a) especialista en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente
Profesional en psicología especialista en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente.
Ingeniero(a) en todas las disciplinas, especialista en un área de seguridad y salud en el trabajo o su equivalente.
Profesional en ingeniería en todas las disciplinas, especialista en un área de seguridad y salud en el trabajo o su equivalente.
Otros profesionales con especialización en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente
Otros profesionales con especialización en higiene industrial u ocupacional
Otros profesionales con especialización en seguridad y salud en el trabajo o alguna de sus áreas
Profesional en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente
Profesional en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente
Tecnólogos en seguridad y salud en el trabajo o alguna de sus áreas
Tecnólogos en seguridad y salud en el trabajo o alguna de sus áreas
Técnico Profesional en un área de seguridad y salud en el trabajo
Técnico Profesional en un área de seguridad y salud en el trabajo
Otras diferencias:
Médico(a) especialista en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente
Se adiciona en campo de acción investigación de enfermedad laboral
Ingeniero(a) en todas las disciplinas, especialista en un área de seguridad y salud en el trabajo o su equivalente.
Se elimina el campo de acción: «Ingeniería _________ en Seguridad y Salud en el trabajo o su equivalente»
Se adiciona en campo de acción investigación de enfermedad laboral
Otros profesionales con especialización en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente
Se elimina el campo de acción: «Profesión _________ en Seguridad y Salud en el trabajo o su equivalente»
Se adiciona en campo de acción investigación de enfermedad laboral
Profesional en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente
Se elimina el campo de acción: «Profesión en Seguridad y Salud en el trabajo o su equivalente».
Se adiciona el campo de acción: «Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación»
El profesional puede investigar accidentes de trabajo pero no enfermedades laborales.
Esta resolución entra en contradicción con la Resolución 0312 de 2019 expedida por el Ministerio del Trabajo que permite a los técnicos y tecnólogos participar en actividades de diseño del SG-SST de pequeñas y medianas empresas.
Es importante resaltar que el Congreso le dio la facultad al Ministerio de Salud para regular las licencias de seguridad y salud en el trabajo mediante el artículo 23 de la Ley 1562 de 2012.
Alcance de la licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo
A la fecha de esta publicación, continua vigente el alcance dado a las licencias de seguridad y salud en el trabajo por el anexo 3 de la Resolución 4502 de 2012, se presenta una comparación con el alcance de la licencia de seguridad y salud en el trabajo dado en la Resolución 754 de 2021 y la modificación realizada por la Resolución 1151 de 2022
TÍTULO R754/21
CAMPO DE ACCIÓN
RESOLUCIÓN 4502 DE 2012
CAMPO DE ACCIÓN
RESOLUCIÓN 754 DE 2021
MODIFICACIÓN
RESOLUCIÓN 1151 DE 2022
1. Profesional en medicina especialista en medicina del trabajo o en seguridad y salud en el trabajo.
Medicina seguridad y salud en el trabajo o su equivalente.
Investigación en el Área Técnica.
Investigación del Accidente de Trabajo, de acuerdo con su competencia según formación académica.
Educación
Capacitación
Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo.
1.1 Medicina del trabajo o en Seguridad y Salud en el Trabajo
1.2 Investigación en área técnica
1.3 Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
1.4 Educación
1.5 Capacitación
1.6 Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
1.1 Medicina del trabajo o en Seguridad y Salud en el Trabajo
1.2 Investigación en área técnica
1.3 Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
1.4 Educación
1.5 Capacitación
1.6 Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
2. Profesional en psicología especialista en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente.
Psicología en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente.
Investigación en el Área Técnica.
Investigación del Accidente de Trabajo, de acuerdo con su competencia según formación académica.
Educación
Capacitación
Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo.
2.1. Psicología en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente.
2.2. Investigación en área técnica.
2.3. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
2.4. Educación.
2.5. Capacitación.
2.6. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
2.1. Psicología en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente.
2.2. Investigación en área técnica.
2.3. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
2.4. Educación.
2.5. Capacitación.
2.6. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
3. Ingeniero(a) en todas las disciplinas, especialista en un área de seguridad y salud en el trabajo o su equivalente.
Ingeniería _________ en Seguridad y Salud en el trabajo o su equivalente.
Higiene y seguridad industrial cuando lo acredite en su formación de postgrado.
Investigación en el Área Técnica.
Investigación del Accidente de Trabajo, de acuerdo con su competencia según formación académica.
Educación
Capacitación
Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo.
3.1. Higiene y Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación de postgrado.
3.2. Investigación en área técnica
3.3. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
3.4. Educación
3.5. Capacitación
3.6. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
3.1. Higiene industrial, cuando lo acredite en su formación de postgrado.
3.2 Seguridad industrial, cuando lo acredite en su formación de postgrado.
3.3. Investigación en área técnica
3.4. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
3.5. Educación
3.6. Capacitación
3.7. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
4. Otros profesionales con especialización en higiene industrial u ocupacional
4.1. Higiene Industrial u ocupacional
4.2. Investigación en área técnica
4.3. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
4.4. Educación
4.5. Capacitación
4.6. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
4.1. Higiene industrial
4.2. Investigación en área técnica
4.3. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
4.4. Educación
4.5. Capacitación
4.6. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
5. Otros profesionales con especialización en seguridad y salud en el trabajo o alguna de sus áreas
Profesión _________ en Seguridad y Salud en el trabajo o su equivalente.
Investigación en el Área Técnica.
Investigación del Accidente de Trabajo, de acuerdo con su competencia según formación académica.
Educación
Capacitación
Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo.
5.1. Investigación en área técnica.
5.2. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
5.3. Educación.
5.4. Capacitación.
5.5. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
5.1. Investigación en área técnica.
5.2. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
5.3. Educación.
5.4. Capacitación.
5.5. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
6. Profesional en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente
Profesión en Seguridad y Salud en el trabajo o su equivalente.
Higiene y seguridad industrial cuando lo acredite en su formación.
Investigación en el Área Técnica.
Investigación del Accidente de Trabajo, de acuerdo con su competencia según formación académica.
Educación
Capacitación
Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo.
6.1. Higiene Industrial, cuando lo acredite en su formación.
6.2. Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación.
6.3. Investigación de accidentes de trabajo
6.4. Educación.
6.5. Capacitación.
6.6. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad Salud en el Trabajo
6.1. Higiene Industrial, cuando lo acredite en su formación.
6.2. Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación.
6.3. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
6.4. Educación.
6.5. Capacitación.
6.6. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad Salud en el Trabajo
7. Tecnólogos en Seguridad y Salud en el Trabajo o alguna de sus áreas.
Apoyo en las actividades de Higiene Industrial, cuando lo acredite en su formación.
Apoyo en las actividades de Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación.
Acompañamiento en la investigación de Accidente de Trabajo.
Educación
Capacitación
Ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo.
7.1. Tecnólogo en apoyo en actividades de Higiene Industrial, cuando lo acredite en su formación.
7.2. Apoyo en actividades de Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación.
7.3. Acompañamiento en la investigación del accidente de trabajo
7.4. Educación.
7.5. Capacitación
7.6. Ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
7.1. Apoyo en actividades de higiene industrial, cuando lo acredite en su formación.
7.2. Apoyo en actividades de seguridad industrial, cuando lo acredite en su formación.
7.3. Acompañamiento en la investigación del
accidente de trabajo
7.4. Educación.
7.5. Capacitación
7.6. Ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
8. Técnico profesional en un área de seguridad y salud en el trabajo.
Apoyo en las actividades de Higiene Industrial, cuando lo acredite en su formación.
Apoyo en las actividades de Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación.
Acompañamiento en la investigación de Accidente de Trabajo.
Capacitación.
Ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo.
8.1. Apoyo en las actividades de Higiene Industrial, cuando lo acredite en su formación.
8.2. Apoyo en las actividades de Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación.
8.3. Acompañamiento en la investigación del
accidente de trabajo.
8.4. Capacitación.
8.5. Ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
8.1. Apoyo en las actividades de higiene industrial, cuando lo acredite en su formación.
8.2. Apoyo en las actividades de seguridad industrial, cuando lo acredite en su formación.
8.3. Acompañamiento en la investigación del
accidente de trabajo.
8.4. Capacitación.
8.5. Ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
Normas sobre licencias de Seguridad y Salud en el Trabajo
Las siguientes normas expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social tratan el tema de las licencias de seguridad y salud en el trabajo.
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