Definiciones del SG-SST por la letra R
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A continuacion encontrara definiciones del SG-SST por la letra R.
Rad
Es una unidad de absorción de radiaciones y se define como la dosis absorción de cualquier radiación nuclear que se acompaña por la liberación de 100 ergios de energía por gramo de materia absorbente. Para los tejidos blandos la diferencia entre el Rep y Rad es tan baja que se considera para fines prácticos el valor de la unidad. (Resolución 2400 / 1979, artículo 097)
Radiación ambiente natural
Son las radiaciones ionizantes recibidas por el organismo y provenientes de fuentes naturales, tales como la radiación cósmica, la radiactividad del medio ambiente y el potasio radiactivo contenido en el organismo. (Resolución 2400 / 1979, artículo 097)
Radiación natural
Esta puede ser: a) Una radiación externa e origen terrestre (como las emitidas por los radioisótopos presentes en la corteza terrestre y en el aire). b) Una radiación interna (por ejemplo, las emitidas por los radioisótopos como Potasio40 y Carbono14 que representan un pequeño porcentaje del potasio y del carbono y que son componentes normales del organismo y por otros isótopos como el Radio226, el Thorio232 y sus productos de desintegración, proveniente del medio ambiente). (Resolución 2400 / 1979, artículo 097)
Radiaciones de radiofrecuencia
Es la radiación electromagnética cuya longitud de onda está comprendida entre 1 mm y 3.000 metros. (Resolución 2400 / 1979, artículo 110)
Radiaciones infrarrojas
Las radiaciones infrarrojas son aquellas situadas al otro lado del rojo visible en el espectro solar y cuya longitud de onda es mayor de 7.800 Ao. (Ángstrom). (Resolución 2400 / 1979, artículo 110)
Radiaciones ionizantes
son radiaciones electromagnéticas o corpusculares capaces de producir iones, directa e indirectamente, a su paso a través de la materia y comprende las radiaciones emitidas por los tubos de rayos X, y los aceleradores de partículas, las radiaciones emitidas por las substancias radiactivas, así como los neutrones. (Resolución 2400 / 1979, artículo 097)
Radiaciones ultravioletas
Son aquellas radiaciones comprendidas entre el intervalo del espectro solar que se extiende desde la más larga longitud de onda de los rayos X, y la más corta longitud de onda del espectro visible, y cuya longitud de onda es menor de 3.800 Ao. (Ángstrom = 108 Cm). (Resolución 2400 / 1979, artículo 110)
Radiactividad
Desintegración espontánea de un núclido. (Resolución 2400 / 1979, artículo 097)
Radio toxicidad
Toxicidad atribuible a las radiaciones emitidas por una substancia radiactiva en el organismo. (Resolución 2400 / 1979, artículo 097)
Recolección
Es la acción consistente en retirar los residuos del lugar de almacenamiento ubicado en las instalaciones del generador para su transporte. (Decreto 780 / 2016, artículo 2.8.10.4)
Recomendaciones médicas y terapéuticas
Son las emitidas en el marco de la atención y rehabilitación en salud por los equipos interdisciplinarios y que se soportarán con base en el talento humano en salud y pertinente de acuerdo con sus perfiles profesionales. Las mismas se enfocan al tratamiento y recuperación de las funciones o estructuras corporales afectadas; a las actividades básicas e instrumentales de la vida diaria, manejo de la salud, descanso y sueño, educación, trabajo, ocio y participación social, así como hacia todas las dimensiones del funcionamiento humano. Su vigencia en el tiempo será determinada por el equipo interdisciplinario a cargo de emitirlas. (Resolución 1843 / 2025, artículo 03)
Recomendaciones médico-laborales
Es una sugerencia no restrictiva emitida por un médico especialista en seguridad y salud ocupacional, medicina del trabajo o similares con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo, basada en una evaluación médica ocupacional y en los conceptos otorgados por los diferentes profesionales de la salud, con el objetivo de proteger la salud del trabajador y garantizar su adecuado desempeño en el entorno laboral. (Resolución 1843 / 2025, artículo 03)
Recurso natural utilizado en las preparaciones farmacéuticas
Denomínase recurso natural todo material proveniente de organismos vivos y minerales que posee propiedades terapéuticas -sin riesgos para la salud, cuando se utiliza en forma adecuada- comprobadas mediante estudios científicos, literatura científica o comprobación clínica que respalden el uso tradicional. Los requisitos a que deba someterse este material serán reglamentados por el Ministerio de Salud. (Decreto 677 / 1995, artículo 2)
Recursos tecnológicos
Son un medio, bien o instrumento que se vale de la tecnología para cumplir con un propósito. (Resolución 2654 / 2019, artículo 3)
Espacios o estructuras en Internet que permiten a las personas interactuar con una o más personas o instituciones a la vez, aun cuando estas se encuentren a una larga distancia, estableciendo relaciones entre grupos o comunidades con intereses comunes. (Resolución 2654 / 2019, artículo 3)
Reentrenamiento
Proceso obligatorio, por el cual se actualizan conocimientos y se entrenan habilidades y destrezas en seguridad y salud en labores mineras subterráneas. En su contenido se deben incluir los cambios o ajustes de este reglamento, haciendo énfasis en las fallas que en su aplicación el empleador detecte, ya sea mediante una evaluación a los trabajadores o mediante observación a los mismos por parte del jefe inmediato. El reentrenamiento debe realizarse anualmente. Las empresas o los gremios en convenio con estas, pueden efectuar el reentrenamiento directamente bajo el mecanismo de UVAE o a través de terceros autorizados por este decreto. Debe quedar prueba del reentrenamiento, que puede ser mediante lista de asistencia, constancia o certificado. (Decreto 1886 / 2015, artículo 007)
En este video te explicamos con detalle esta definición.
Régimen de dosificación
Se refiere a la cantidad indicada para la administración de un medicamento, los intervalos entre las administraciones y la duración del tratamiento. (Decreto 677 / 1995, artículo 2)
Registro
Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de las actividades desempeñadas. (Decreto 1072 / 2015, artículo 2.2.4.6. 2.)
Registro de incidentes
Proceso mediante el cual los responsables de las instalaciones clasificadas registran y documentan la ocurrencia de incidentes en una instalación clasificada. (Resolución 1890 / 2025, artículo 3°)
Registro de instalaciones clasificadas
mecanismo para la captura de información sobre las instalaciones clasificadas y las sustancias químicas presentes en la instalación. (Decreto 1072 / 2015, artículo 2.2.4.12.5)
Registro sanitario
(1) Es el acto administrativo expedido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA, por el cual se autoriza previamente a una persona natural o jurídica, para producir, comercializar, importar, exportar, envasar, procesar y/o expender un producto de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico. (Decreto 1545 / 1998, artículo 02)
(2) Es el documento público expedido por el Invima o la autoridad delegada, previo el procedimiento tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos técnicolegales establecidos en el presente Decreto, el cual faculta a una persona natural o jurídica para producir, comercializar, importar, exportar, envasar, procesar y/o expender los medicamentos cosméticos, preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales, productos de aseo, higiene y limpieza y otros productos de uso doméstico. (Decreto 677 / 1995, artículo 2)
Regla de la suma
regla por la cual se identifican las instalaciones clasificadas, que tienen presencia de más de una sustancia química por debajo de los valores umbral definidos en el Anexo 3 del presente capítulo. (Decreto 1072 / 2015, artículo 2.2.4.12.5)
Reglamento de trabajo
Es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que deben sujetarse el empleador y sus trabajadores en la prestación del servicio. (Código Código Sustantivo del Trabajo / 1951, artículo 104)
Relación beneficio – riesgo
Proporción entre los beneficios y los riesgos que presenta el empleo de un medicamento. Sirve para expresar un juicio sobre la función del medicamento en la práctica médica, basado en datos sobre su eficacia e inocuidad y en consideraciones sobre su posible uso abusivo, la gravedad y el pronóstico de la enfermedad. (Decreto 677 / 1995, artículo 2)
Rem
Es la unidad de dosis biológica que equivale al Rad multiplicado por la eficacia biológica relativa o factor de calidad. (Resolución 2400 / 1979, artículo 097)
Rendición de cuentas
Mecanismo por medio del cual las personas e instituciones informan sobre su desempeño. (Decreto 1072 / 2015, artículo 2.2.4.6. 2.)
Rep
Es la dosis de absorción, equivalente a la dosis de ex posición de un roentgen que libera 97 ergios de energía por gramo de materia. (Resolución 2400 / 1979, artículo 097)
Reporte de accidentes mayores
Proceso mediante el cual los responsables de las instalaciones clasificadas reportan a la autoridad competente la ocurrencia de un accidente mayor en un término no superior a veinticuatro (24) horas, a través de la herramienta tecnológica dispuesta para tal fin con el objeto de garantizar la adopción de medidas adecuadas para el control y mitigación de estos. (Resolución 1890 / 2025, artículo 3°)
Requerimiento de claridad o espacio libre de caída
Distancia vertical requerida por un trabajador en caso de una caída, para evitar que este impacte contra el suelo o contra un obstáculo. El requerimiento de claridad dependerá principalmente de la configuración del sistema de detención de caídas utilizado. (Resolución 4272 / 2021, artículo 3)
Requisito normativo
Requisito de seguridad y salud en el trabajo impuesto por una norma vigente y que aplica a las actividades de la organización. (Decreto 1072 / 2015, artículo 2.2.4.6. 2.)
Requisitos de la calidad de agua y de Buenas Prácticas Sanitarias
Son las exigencias sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social que deben cumplir las piscinas. (Decreto 780 / 2016, artículo 2.8.7.1.1.3)
Residuo peligroso
Es aquel residuo o desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas, puede causar riesgos o efectos no deseados, directos e indirectos, a la salud humana y el ambiente. Así mismo, se consideran residuos peligrosos los empaques, envases y embalajes que estuvieron en contacto con ellos. (Decreto 780 / 2016, artículo 2.8.10.4)
Responsable
Es la persona o las personas, tanto naturales como jurídicas o comunidades, tengan o no personería jurídica, que ostenten la titularidad de la propiedad o cualquier relación jurídica que pueda comportar la tenencia o explotación de la piscina. (Decreto 780 / 2016, artículo 2.8.7.1.1.3)
Responsable técnico de la labor subterránea
Es la persona debidamente calificada y capacitada, responsable de la ejecución técnica de los trabajos que se realizan en una mina o en una labor subterránea, la cual es nombrada por el titular minero o explotador minero. (Decreto 1886 / 2015, artículo 007)
Restricciones de comercialización de medicamentos
Son las condiciones autorizadas por la autoridad sanitaria para que un medicamento sea comercializado en condiciones especiales. Son ellas el uso exclusivamente intrahospitalario o el uso exclusivo bajo la supervisión del especialista. (Decreto 677 / 1995, artículo 2)
Restricciones laborales
Es una medida protectora establecida por un Médico con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo en el marco de su competencia y autonomía profesional, que impide o condiciona al trabajador el desarrollo de ciertas actividades dentro de su entorno laboral debido a una condición médica, enfermedad o situación de discapacidad. Deben construirse teniendo en cuenta, las orientaciones de profesionales de la salud de apoyo y las pruebas complementarias, así como, las restricciones médicas y terapéuticas de los profesionales tratantes, sin que ello implique discriminación y garantizando el derecho al trabajo en condiciones dignas y seguras. En todos los casos, se deberán respetar los principios de confidencialidad, ajuste razonable, no discriminación y accesibilidad, su vigencia en el tiempo deberá ser determinada por el personal a cargo de emitirla, estas restricciones pueden ser temporales o permanentes y buscan proteger la salud del trabajador, evitando tareas que puedan agravar su condición de salud. (Resolución 1843 / 2025, artículo 03)
Retacado
Relleno de los barrenos con algún material inerte, generalmente arcilla (barro), que es apisonado para confinar los explosivos. (Decreto 1886 / 2015, artículo 007)
Revisión proactiva
Es el compromiso del empleador o contratante que implica la iniciativa y capacidad de anticipación para el desarrollo de acciones preventivas y correctivas, así como la toma de decisiones para generar mejoras en el SG-SST. (Decreto 1072 / 2015, artículo 2.2.4.6. 2.)
Revisión reactiva
Acciones para el seguimiento de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de trabajo y ausentismo laboral por enfermedad. (Decreto 1072 / 2015, artículo 2.2.4.6. 2.)
Riesgo
(1) Combinación de la probabilidad de que ocurra un(os) evento(s) o exposición(es) peligroso(s), y la severidad de lesión o enfermedad, que puede ser causado por el (los) evento(s) o la(s) exposición(es) (NTC-OHSAS 18001). (Guía técnica GTC 45:2012 / 2012, artículo 2.)
(2) Combinación de la probabilidad de que ocurra una o más exposiciones o eventos peligrosos y la severidad del daño que puede ser causada por estos. (Decreto 1072 / 2015, artículo 2.2.4.6. 2.)
Riesgo aceptable
Riesgo que ha sido reducido a un nivel que la organización puede tolerar con respecto a sus obligaciones legales y su propia política en seguridad y salud ocupacional (NTC-OHSAS 18001). (Guía técnica GTC 45:2012 / 2012, artículo 2.)
Riesgo individual (RI)
se define como el riesgo para una única persona que se encuentra expuesta a uno o varios peligros. Se expresa como la probabilidad anual de que un individuo sufra una afectación determinada en un punto fijo del espacio (fatalidad/año). El riesgo individual se puede representar a través de un índice de riesgo o mediante curvas de riesgo constante o isocontornos de riesgo. Para accidente mayor o químico, la consecuencia que tiene en cuenta el riesgo individual es la muerte del individuo. (Decreto 1072 / 2015, artículo 2.2.4.12.5)
Riesgo laboral
Probabilidad de que la exposición a un factor ambiental peligroso en el trabajo cause enfermedad o lesión. (Decisión de la CAN 584 / 2006, artículo 01)
Riesgos propios
Altas tasas de morbilidad, mortalidad y alto riesgo de agresión, ocasionados por la población de Personas Privadas de la Libertad (PPL); generando un alto nivel de estrés. Se suma a este fenómeno, el desgaste ocupacional causado por el ejercicio de custodia y vigilancia en los distintos centros carcelarios y penitenciarios; incluyendo también como factor detonante, los contactos sociales entre los compañeros, así como las interacciones con la Población Privada de la Libertad (PPL). (Ley 2593 / 2026, artículo 3)
Rodapié
Elemento horizontal construido en material rígido, que se instala en el perímetro de una plataforma, en la parte inferior de la baranda de seguridad de protección. Tiene la finalidad de evitar la caída al vacío de herramientas de mano o elementos de trabajo. (Resolución 4272 / 2021, artículo 3)
Roentgen
Es una dosis de exposición a la radiación o gamma que en condiciones normales de presión y temperatura produce en 0,00193 gramos de aire una ionización de una carga electrostática de cualquier signo, o sea la «dosis de exposición». El Roentgen mide la cantidad de rayos X o gamma absorbidos, y determina la capacidad de las radiaciones X y Gamma de ionizar el aire, usándose para medir la cantidad de radiaciones absorbidas por los seres humanos. (Resolución 2400 / 1979, artículo 097)
Ruido
Todo sonido indeseable o perjudicial para el receptor. (Decreto 1886 / 2015, artículo 007)
Ruido continuo
Es aquel cuyo nivel de presión sonora permanece constante o casi constante con fluctuaciones hasta de un segundo y que no presenta cambios repentinos durante su emisión. (Decreto 1886 / 2015, artículo 007)
Ruido impulsivo o de impacto
Es aquel cuyas variaciones en los niveles de presión sonora involucra valores de impacto máximos a intervalos mayores de uno por segundo. (Decreto 1886 / 2015, artículo 007)
